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Viernes 22 de agosto de 2025

Apelantes en Torre de la Esperanza llevan la razón, indica CGR

Apelantes en Torre de la Esperanza llevan la razón, indica CGR

La CGR resolvió dos recursos de apelación interpuestos por las empresas COMPAÑIA CONSTRUCTORA VAN DER LAAT Y JIMENEZ S.A. y el CONSORCIO EDICA HNN en contra del acto final de adjudicación de la licitación mayor No.2024LY-000005-0001101107, promovida por la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) para la construcción “llave en Mano Diseño, Construcción, Equipamiento y Mantenimiento Proyecto Torre de Cuidados Críticos Hospital Nacional de Niños Dr. Carlos Luis Sáenz Herrera”, recaído a favor de la empresa ESTRUCTURAS S.A.

¿Qué pasó en este caso?

Se recibieron 5 ofertas: Compañía Van Der Laat y Jiménez S.A. por $128.300.000, Estructuras S.A. por $131.070.381,82, Consorcio Edica por $136.989.428,88, Prodex Costa Rica S.A por $143.817.950,4, Puentes y Calzadas Infraestructuras S.L.U. por $175.550.000; de las anteriores la Caja Costarricense del Seguro Social, solo dejó elegible y adjudicó a la empresa ESTRUCTURAS S.A. Las empresas apelantes demostraron que habían sido excluidas del concurso por aspectos no sustanciales, mientras que en el caso de la oferta adjudicada se acreditó un incumplimiento relevante, relacionado con la materia de subcontratación. Ambos recursos presentados ante la Contraloría fueron declarados con lugar, luego del análisis de legalidad correspondiente.

¿Qué sigue ahora?

Le corresponde a la CCSS realizar una revisión de las ofertas para determinar si corresponde emitir un nuevo acto final.

Elard Ortega Pérez, gerente asociado, División de Contratación Pública

Jueves 21 de agosto de 2025

CGR emite oficio al Presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles

CGR emite oficio al Presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles

La CGR emitió esta tarde un oficio dirigido al Sr. Rodrigo Chaves Robles, Presidente de la República, respecto de distintas afirmaciones falsas dadas a conocer en la pasada conferencia de prensa, dirigida por él, así como en la inauguración del Ebais ubicado en el Llano de Desamparados, en relación con procedimientos de contratación pública, así como ataques contra funcionarios y funcionarias de esta institución.

Al respecto, se ha hecho costumbre utilizar temas sensibles en materia de educación y salud, entre otros, mintiendo de forma reiterada y con saña para engañar a costarricenses decentes y de buena fe. En el oficio se aclaran aspectos técnicos de los temas mencionados en conferencia y además indica: “Rechazamos las declaraciones difamatorias y calumniosas que con tanta facilidad y sin prueba alguna se lanzan contra funcionarios de la Contraloría General. Nuestras actuaciones ajustadas a la técnica y a la ley no han tenido nunca un afán intimidatorio como sí lo tiene la campaña sistemática de ofensas, violencia y mentiras que desde hace meses recibimos.”

“Seguiremos cumpliendo con nuestra responsabilidad de forma firme e indeclinable” finaliza el oficio que suscribe la Sra. Marta Acosta Zúñiga, Contralora General de la República.

Lunes 18 de agosto de 2025

CGR resuelve apelación contra adjudicación de supervisión de obras en ruta N° 1

CGR resuelve apelación contra adjudicación de supervisión de obras en ruta N° 1

La Contraloría resolvió rechazar un recurso de apelación presentado contra el acto de adjudicación de la contratación No. PIV-APP-76-SBCC-CF-2024 promovida por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para contratar los servicios de supervisión del diseño y construcción de los intercambios de Grecia, Naranjo y San Ramón en la Ruta No.1, sección San José - San Ramón, acto recaído a favor de Consorcio Supervisor 4 Intercambios, por un monto de $2.715.200,00.

¿Qué resolvimos?

La Contraloría rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Consorcio R1 Infraestructura, considerando que el recurso carecía de la fundamentación y elementos probatorios necesarios para acreditar que le correspondía una calificación mayor a la otorgada en cuanto a la experiencia aportada y para demostrar la existencia de un conflicto de interés que afecte la participación del consorcio adjudicatario.

¿Qué sigue ahora?

En virtud de lo resuelto, al confirmarse el acto de adjudicación dictado, le corresponde a la Administración proceder con la firma del contrato y el inicio de la ejecución contractual. 

Alfredo Aguilar Arguedas, gerente a.i. División de Contratación Pública

Jueves 14 de agosto de 2025

Gestión de personal médico especialista en deuda con el país

Gestión de personal médico especialista en deuda con el país

La CGR emitió un informe al Ministerio de Salud y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) respecto de la planificación de necesidades de personal médico especialista y su distribución en los hospitales del segundo y tercer nivel de atención. Resulta relevante dado que el país ha enfrentado crisis recurrentes por déficit de especialistas, que han generado desigualdades en el acceso y sobrecarga hospitalaria. Es fundamental garantizar el acceso equitativo, oportuno y de calidad a los servicios de salud especializados.

¿Qué encontramos?

La planificación y distribución de personal médico especialista no cumple aspectos significativos del marco normativo y técnico aplicable, al no garantizar razonablemente un enfoque integral, informado y equitativo. Esta situación afecta directamente la disponibilidad y acceso de la población a la atención médica especializada en todo el país.

Principales hallazgos:

  • Los hospitales regionales y periféricos no superan el 74 % de cobertura de atención especializada, de acuerdo con su nivel de complejidad, lo que refleja brechas en la atención.  
  • 56% del personal médico especialista de los hospitales de la CCSS está concentrado en el Gran Área Metropolitana.
  • 505 médicos especialistas laboran con jornada reducida, limitando la disponibilidad efectiva de atención en los centros de salud.
  •  El Ministerio de Salud carece de una base técnica para estimar las necesidades país, de médicos especialistas. 
  • La CCSS no dispone de una planificación técnica y trazable para proyectar las necesidades de personal médico especialista y su asignación.
  • La distribución de estos médicos no considera criterios epidemiológicos y de equidad que prioricen la atención de las necesidades reales de la población.

Carolina Retana Valverde, gerente Área de Fiscalización para el Desarrollo del Bienestar Social

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Última actualización: 08/2025
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