¿En qué consiste?
Es un dictamen que se debe solicitar a la CGR, previo al dictado del acto final, en aquellos procedimientos administrativos llevados por los entes y órganos de la Hacienda Pública, en los cuales eventualmente se pretenda la suspensión o destitución del auditor/a o al subauditor/a.
Importante: utilice el formulario que corresponda con su realidad, ya sea en condición de jerarca órgano colegiado o bien como jerarca unipersonal.
¿Dónde se regula?
Artículo 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (No. 7428).
¿Qué debo hacer?
Complete el proceso en 4 sencillos pasos: